MAYORDOMÍA

     Son funciones del Mayordomo, las siguientes:

  1. Será responsable y custodio de todos los bienes y enseres de la Hermandad y Cofradía.
  2. Mantendrá todo en perfecto estado de uso, realizará las contrataciones que le sean autorizadas por el Hermano Mayor o Junta de Gobierno, y dispondrá, en su caso, la organización de los Cultos y Procesión, de acuerdo con el derecho particular de la Iglesia, la programación de la Junta de Gobierno en estrecha unión con el Párroco o el Rector de la Iglesia donde tiene su Sede canónica la Hermandad y Cofradía.
  3. Colaborará con el Tesorero en la elaboración de la memoria económica y del balance anual, para posibilitar su examen por la Junta de Gobierno, antes de la presentación de los mismos al Cabildo General Ordinario de Cuentas.
  4. Intervendrá directamente en lo referente a la papeleta de sitio para la salida Procesional.
  5. Cooperará con el Secretario para actualizar anualmente el inventario de bienes y enseres de la Hermandad, debiendo, al terminar cada legislatura, cotejar dicho inventario con el Mayordomo entrante.
  6. Cualquier otra derivada de los Estatutos o del Reglamento de Régimen Interno o encomendada bien por el Hermano Mayor, bien por cualquiera de los órganos colegiados de gobierno.