TESORERÍA

     Son funciones del Tesorero, las siguientes:

  1. Tendrá a su cargo los pagos, cobranza de cuotas, limosnas y donativos para la Hermandad y Cofradía, controlando el cumplimiento del presupuesto anual.
  2. Llevará al día el libro de cuentas, donde queden reflejados claramente los ingresos y gastos.
  3. Pagará las cuentas y facturas de gastos ordinarios y extraordinarios, con el visto bueno del Hermano Mayor.
  4. Presentará un estado de cuentas sobre la situación económica de la Hermandad y Cofradía cuando lo requiera el Hermano Mayor o la Junta de Gobierno.
  5. Presentará al Cabildo General Ordinario de Cuentas el presupuesto ordinario del ejercicio económico que va a comenzar. Así mismo presentará las cuentas correspondientes al ejercicio que se cierra.
  6. A tenor del c. 319 elaborará el informe que anualmente debe entregar a la Autoridad Eclesiástica competente, en el cual rendirá cuentas de la administración anual de la Hermandad, y dará cuenta exacta del empleo de las ofrendas y limosnas recibidas.
  7. Velará en todo momento para que la administración de los bienes de la Hermandad se realice en conformidad con el derecho universal y particular de la Iglesia.
  8. En todas sus funciones se ayudará en el fiel cumplimiento de su función de dos vocales expresamente designados a tenor del c. 1280.
  9. Cualquier otra derivada de los Estatutos, o encomendada bien por el Hermano Mayor, bien por cualquiera de los órganos colegiados de gobierno.